Los Planes de Autoprotección son una serie de medidas y acciones planificadas estratégicamente en función de las características de la empresa.
Este Plan orienta a los responsables para conseguir una actuación rápida, eficaz y, sobre todo, que logre minimizar los daños tanto en la empresa como en los trabajadores.
¿ES OBLIGATORIO EN UNA EMPRESA?, SI!!
La Legislación Actual obliga a disponer de un Plan de Autoprotección, en caso de no disponer de dicho documento, la empresa puede ser sancionada administrativa, civil o penalmente.
Realización del Plan de Autoprotección en base a la normativa oficial: NBA 393/2007
Así trabajo:
Realización del Documento confeccionado con protocolos de actuación sobre el análisis y evaluación de los riesgos más importantes (incendio, inundación, amenaza de bomba...) que pudieren derivarse en la empresa.
Es una medida organizativa individualizada e independiente que persigue minimizar los daños tanto en la empresa como en los trabajadores y personal ajeno presente.
¿Cómo realizo el Plan de Autoprotección?
1 Visito personalmente las instalaciones de la empresa cliente y su entorno.
2 Desarrollo mi Plan de forma escrupulosa atendiendo al Orden dictado en la Norma Basica de Autoproteccion 393/2007. Cada capítulo, cada anexo y cada plano.
3 Tomo los datos oportunos: de la instalación, de los ejecutivos y empleados que participarán en la aplicación del mismo.
4 Asigno tareas y procedimientos de actuacion a todas las personas implicadas en la activacion del Plan.
5 Presento el documento al consejo de admon. o al gerente o director para su definitivo placet, despues presentaré y registraré el Documento en la Administración Autonómica oportuna. Igualmente daré conocimiento del mismo al servicio de extincion de incendios oportuno.
6 Me responsabilizo con mi firma de la Realización del Documento, cumpliendo así lo referido en la normativa.
7 Todo ello bajo las mas extrictas medidas de confidencialidad y asegurando la privacidad de toda la informacion obtenida y entregada.